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Colorado – Información del Registrador del Condado de Morgan
La Oficina del Secretario y Registrador es responsable de mantener los registros de la tierra para la propiedad real ubicada en el Condado de Morgan.
Tarifas de registro
$13 por la primera página de todos los documentos registrados
$5.00 por cada página adicional ($10.00 por cada página adicional en documentos más grandes que el tamaño legal)
Tarifa documental: $.05 por cada $500 dólares de consideración de venta aplicable
La cantidad de consideración debe estar claramente marcada en la escritura y en la declaración de transferencia. Algunos documentos pueden estar exentos de esta tasa.
Requisitos de formato de los documentos
Incluya un número de teléfono de contacto con los documentos presentados. Los documentos pueden ser enviados por correo o traídos a la oficina del Secretario y Registrador.
*Los documentos deben estar en papel de tamaño 8,5 x 11 pulgadas o 8,5 x 14 pulgadas.
*Se debe utilizar tinta negra, en un tamaño de letra de al menos 12 puntos para asegurar la legibilidad.
*El margen superior debe ser de al menos 1 pulgada. Los demás márgenes pueden ser de al menos 0,5 de pulgada.
*Para cualquier escritura que transfiera el título de propiedad, se requiere la dirección del cesionario. El documento no se registrará si falta este dato.
*También debe proporcionarse la dirección del remitente del documento original. Debe figurar en la primera página o en el reverso.
*Una escritura u otro instrumento que afecte al título de propiedad inmobiliaria debe ser reconocido sustancialmente de acuerdo con los Estatutos Revisados de Colorado, 38-35-101.
*Una escritura que incluya una descripción legal recién creada de un bien inmueble deberá incluir el nombre y la dirección de la persona que creó la descripción legal.
*Inmediatamente después de la descripción legal, puede incluirse el número de parcela o de la lista del tasador como ayuda para la identificación. Si un documento no contiene esto, no lo hará ineficaz.
Todo documento de traspaso presentado para su registro deberá ir acompañado de la Declaración de Transferencia de Bienes Inmuebles de Colorado (TD-1000).
Torres de tierra:
Un certificado de registro contendrá el nombre del propietario, una descripción de la tierra y del patrimonio del propietario, y contendrá una descripción de todos los gravámenes, cargas e intereses a los que está sujeto el patrimonio del propietario. Se indicará la residencia del propietario y, si es menor de edad, se indicará su edad; si está incapacitado, se indicará la naturaleza de la incapacidad; se indicará si está casado o no, y si está casado, se nombrará al cónyuge.