El Tribunal Supremo concede la revisión de la acción colectiva ‘sin lesiones’. Esto podría ser grande

Por Alison Frankel

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(Reuters) – El Tribunal Supremo de EE.UU. concedió el miércoles la revisión en Transunion v. Ramírez, una demanda colectiva de 40 millones de dólares de la Ley de Informes Crediticios Justos que plantea la cuestión de si los requisitos de legitimación de la Constitución o la norma procesal federal que rige las demandas colectivas excluye los casos en los que «la gran mayoría de la clase no sufrió ningún perjuicio real, y mucho menos un perjuicio parecido al que sufrió el representante de la clase».

Así es, por supuesto, como Transunion caracterizó el caso, que llegó hasta un raro juicio de demanda colectiva, en su petición de revisión ante el Tribunal Supremo. Los abogados de los demandantes que dirigieron la acción colectiva durante el juicio y la impugnación de la sentencia del juicio en el Tribunal de Apelación del 9º Circuito de EE.UU. argumentaron en su escrito de oposición al certiorari que el demandante nombrado en la acción colectiva tipificaba el perjuicio de la FCRA que unía a los 8.185 miembros de la clase. Su escrito reformuló la descripción de Transunion de la cuestión presentada por el caso como una investigación muy específica sobre si una violación particular de la FCRA equivale a un daño material.

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No creo que la Corte Suprema haya aceptado tomar el caso para aclarar ese punto. Recuerde, la decisión de 2016 en la que los jueces sostuvieron que las meras violaciones de la ley no son suficientes para establecer la legitimación del Artículo III, Spokeo v. Robins, fue un caso de la FCRA. Y mientras los tribunales inferiores han estado tratando de averiguar cuándo las violaciones de la ley constituyen un daño concreto bajo el razonamiento de los jueces en Spokeo, el Tribunal Supremo se ha negado a tomar casos -incluyendo Spokeo, en un segundo viaje a la corte- pidiendo a los jueces que aclaren la incertidumbre sobre la legitimación del artículo III en las acciones de clase que implican violaciones de la ley.

Supongo en cambio que el Tribunal Supremo concedió la revisión en Transunion para abordar la cuestión de las clases «sin daño». Quiero destacar que los demandantes en el caso Transunion disputan vehementemente esa descripción, como explicaré. Pero Transunion y su amicus de la Cámara de Comercio de EE.UU. presentaron el caso como una oportunidad para que el Tribunal Supremo impidiera que los abogados de los demandantes utilizaran la influencia de una acción colectiva para presionar a los demandados por grandes daños en nombre de los demandantes que podrían no haber sufrido un daño reconocible. Los jueces eludieron esa cuestión en su decisión de 2015 en el caso Tyson v. Bouaphakeo y optaron por no tratarla en 2016, cuando se negaron a conceder la revisión para resolver una división en los tribunales de apelación sobre si los abogados de los demandantes deben ofrecer un medio para determinar la pertenencia a la clase para ganar la certificación de la clase. Los jueces Brett Kavanaugh y Amy Coney Barrett se han unido al tribunal desde entonces. Los abogados de los demandantes deberían preocuparse de que el nuevo Tribunal Supremo se apresure a restringir las demandas colectivas.

El demandante nombrado en el caso Transunion es indudablemente simpático. Sergio Ramírez quería comprar un coche en 2011. Él, su mujer y su suegro fueron a un concesionario Nissan y eligieron un coche. Pero cuando el concesionario realizó una comprobación de crédito Transunion sobre Ramírez, el informe indicaba que su nombre coincidía con dos nombres de una «lista de terroristas» mantenida por la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) de Estados Unidos. Ninguno de los nombres de la lista de la OFAC era realmente Ramírez, que tenía una fecha de nacimiento y una inicial del segundo nombre diferentes. Pero el traficante pidió a la esposa de Ramírez que hiciera la compra sólo a su nombre. Para Ramírez, la experiencia fue humillante. (Este relato está extraído de la petición de Transunion ante el Tribunal Supremo.)

Al día siguiente, Ramírez se puso en contacto con Transunion. El representante dijo que no había ninguna bandera de la OFAC en su informe de crédito. Pidió que le enviaran por correo una copia del informe. El primer informe que recibió no contenía una alerta de la OFAC, pero unos días más tarde recibió otra carta de Transunion en la que se le informaba de que su nombre «se considera una posible coincidencia con la información que figura en la base de datos (de la OFAC)». Ramírez acabó convenciendo al servicio de calificación crediticia para que eliminara la alerta, pero no antes de cancelar unas vacaciones por temor a que apareciera la bandera de la «lista de terroristas» en su informe de crédito.

Ramírez demandó en nombre de una clase de 8.185 personas cuyos informes de crédito de Transunion supuestamente incluían alertas de la «lista de terroristas» aunque no estaban en la lista de la OFAC y cuyos informes de crédito fueron solicitados entre enero y junio de 2011. La demanda colectiva afirmaba que Transunion había violado la FCRA tanto al incluir las falsas alertas de la OFAC en los informes crediticios de los miembros de la clase como al enviarles información engañosa e incompleta sobre las alertas. (Ramírez alegó que la FCRA exigía que Transunion revelara la lista de terroristas en un único informe crediticio, no en un envío separado y posterior.)

Todas las 8.185 personas de la clase recibieron el envío supuestamente engañoso de Transunion sobre la alerta de la lista de terroristas. Sin embargo, sólo una cuarta parte del grupo, 1.853 personas, compartió la experiencia de Ramírez de que un posible prestamista solicitara su informe crediticio. Y, según Transunion, Ramírez fue aparentemente la única persona de la clase a la que se le denegó un préstamo debido a la alerta de la lista de terroristas.

Ramírez fue el testigo estrella cuando el caso llegó a juicio. El jurado concedió a la clase casi 1.000 dólares a cada uno en concepto de daños y perjuicios legales y unos 6.300 dólares a cada uno en concepto de daños y perjuicios punitivos.

Transunion apeló, argumentando que los miembros de la clase ausentes no habían sufrido un perjuicio concreto suficiente para establecer su legitimación en virtud del artículo III. Los prestamistas nunca accedieron a los informes crediticios de las tres cuartas partes de los miembros de la clase, dijo Transunion, y no hubo pruebas en el juicio de que nadie más que Ramírez fuera rechazado para un préstamo. Ni siquiera hubo pruebas de que nadie, aparte de Ramírez, se diera cuenta de la notificación de Transunion sobre la alerta de la lista de terroristas, según Transunion. Además, según la empresa, Ramírez -que se sintió humillado cuando se le denegó el préstamo para el coche y luego canceló unas vacaciones debido a la falsa bandera en su informe de crédito- no era un demandante típico. La Regla 23 de las Reglas Federales de Procedimiento Civil exige que los demandantes principales de una acción colectiva presenten reclamaciones que tipifiquen las alegaciones de la clase. Ramírez, según Transunion, no podía cumplir ese requisito de la Regla 23.

En una decisión dividida en febrero, el 9º Circuito redujo a la mitad la indemnización por daños y perjuicios del jurado, pero por lo demás rechazó los argumentos de Transunion. La mayoría de los apelantes dijo que los miembros de la clase tenían legitimación constitucional porque el hecho de que Transunion no siguiera procedimientos razonables para garantizar la exactitud de sus informes crediticios representaba un riesgo para sus intereses de privacidad y reputación. No importaba, según la mayoría, que los prestamistas no vieran los informes crediticios de la mayoría de las personas del grupo. El mero hecho de que los informes engañosos estuvieran a disposición de los prestamistas -y la «naturaleza altamente sensible y angustiosa de las alertas de la OFAC»- era suficiente para demostrar «un riesgo material de daño», dijo la mayoría.

Y aunque los daños de Ramírez fueran «ligeramente más graves» que los de algunos otros miembros de la clase, dijo el 9º Circuito, sus reclamaciones surgieron de las mismas acciones y políticas de Transunion en la raíz de las reclamaciones de toda la clase. «Las lesiones de Ramírez no eran tan únicas, inusuales o graves como para convertirlo en un representante atípico de la clase», sostuvo la mayoría. «Un representante de la clase satisface la tipicidad cuando su «relato personal es algo más colorido» que las experiencias de otros miembros de la clase, siempre que su reclamación «se encuentre dentro de los contornos comunes de» la teoría de la responsabilidad de toda la clase».

Obviamente, Transunion ha persuadido al menos a cuatro jueces del Tribunal Supremo de que las conclusiones del 9º Circuito merecen su atención. A medida que Ramírez y Transunion se vuelvan a informar sobre el fondo, va a ser interesante ver si el abogado de Transunion, Paul Clement de Kirkland & Ellis, trata de persuadir al tribunal de que este caso debe ser un vehículo para endurecer los procedimientos de acción de clase que, al menos según los demandados, se han vuelto demasiado flojos y favorables a los demandantes. (Clement declinó hacer comentarios.)

El abogado de Ramírez, James Francis, de Francis Mailman Soumilas, dijo por correo electrónico que este caso simplemente no es una demanda colectiva sin daños, independientemente de cómo lo presente Transunion. Dijo que espera que el Tribunal Supremo considere en cambio «los graves y extendidos perjuicios a los que se enfrentan los consumidores cuando las agencias de información crediticia violan la ley federal».

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