Información para el usuario de drones

Reglamentos federales recientes sobre UAS

El Aviso de Propuesta de Reglamentación (NPRM) de la FAA sobre la identificación remota de sistemas de aeronaves no tripuladas se publicó el 31 de diciembre de 2019. La regla final (PDF) ha sido enviada al Registro Federal para su publicación.

Hay tres maneras en que los pilotos de drones podrán cumplir con los requisitos de identificación de la regla de identificación remota:

  • Operar un dron de identificación remota estándar(PDF) que transmite información de identificación y ubicación sobre el dron y su estación de control. Un dron de identificación remota estándar es aquel que se produce con capacidad de transmisión de identificación remota incorporada de acuerdo con los requisitos de la regla de identificación remota.
  • Operar un dron con un módulo de transmisión de identificación remota(PDF). Un módulo de emisión es un dispositivo que emite información de identificación y localización sobre el dron y su ubicación de despegue de acuerdo con los requisitos de la regla de ID remota. El módulo de emisión puede añadirse a un dron para dotarlo de capacidad de identificación remota. Las personas que operan un dron con un módulo de transmisión de identificación remota deben ser capaces de ver su dron en todo momento durante el vuelo.
  • Operar (sin equipo de identificación remota)(PDF) en áreas de identificación reconocidas por la FAA (FRIAs) patrocinadas por organizaciones comunitarias o instituciones educativas. Las FRIAs son los únicos lugares en los que las aeronaves no tripuladas (drones y aviones de radiocontrol) pueden operar sin emitir elementos de mensajes de identificación remota.

PARA OBTENER MÁS INFORMACIÓN SOBRE CÓMO CUMPLIR CON EL REQUISITO DE IDENTIFICACIÓN REMOTA DE UAS HAGA CLIC AQUÍ

El 17 de mayo de 2019, la FAA comenzó a implementar la Sección 349 y 350 de la Ley de Reautorización de la FAA de 2018. El 31 de mayo de 2019, la FAA publicó la Circular Consultiva 91-57B.

Circular Consultiva 91-57B de la FAA

Por favor, consulte la Circular Consultiva 91-57B de la Administración Federal de Aviación para conocer las últimas regulaciones que afectan a los usuarios de drones recreativos.

No se permiten las operaciones de drones recreativos en el espacio aéreo restringido de clase E que rodea el aeropuerto de Lake Tahoe. Esto afecta a algunos lugares dentro de la ciudad y en el condado de El Dorado. No se ponga en contacto con el gestor del aeropuerto para pedir permiso para volar dentro del espacio aéreo restringido de clase «E». El gestor del aeropuerto no puede autorizar los vuelos de drones dentro de este espacio aéreo. Por favor, consulte el mapa de datos de UAS de la FAA para las restricciones del espacio aéreo que rodea la orilla sur del lago Tahoe y sus alrededores.

Cambios notables en las regulaciones a partir del 31 de mayo de 2019 para los usuarios de drones recreativos. Información proporcionada por Rupprecht Attorneys at Law:

  • El volador recreativo debe pasar una prueba y mantener la prueba de pasar la prueba para mostrar a la FAA o la aplicación de la ley. La prueba cubrirá las leyes de drones recreativos.
  • Debe obtener autorización antes de volar en B, C, D, o E en la superficie asociada a un espacio aéreo del aeropuerto y cumple con todas las restricciones y prohibiciones del espacio aéreo. Los voladores recreativos deberán hacerlo mediante el sistema LAANC de la FAA.
  • Las aeronaves de recreo tienen que estar registradas y marcadas. Tienen que mostrar la matrícula a la FAA o a las autoridades locales si se les pide.
  • Se vuela estrictamente con fines recreativos.
  • La aeronave se opera de acuerdo con o dentro de la programación de un conjunto de directrices de seguridad de una organización comunitaria que se desarrolla en coordinación con la Administración Federal de Aviación.
  • Se vuela dentro de la línea de visión de la persona que opera la aeronave o de un observador visual ubicado en el mismo lugar y en comunicación directa con el operador.
  • No interfiere con ninguna aeronave tripulada y le cede el paso.
  • Las aeronaves no tripuladas, que incluyen los aeromodelos, no pueden interferir con los esfuerzos de supresión de incendios forestales, de aplicación de la ley o de respuesta a emergencias. Véase 49 U.S.C. Sección 46320 y 18 U.S.C. 40A.
  • Es un delito volar en zonas de exclusión de pista sin autorización. Véase 49 U.S.C 39B.
  • También es un delito volar a sabiendas o imprudentemente interfiriendo o interrumpiendo las operaciones de una aeronave tripulada de manera que suponga un peligro inminente para la seguridad de los ocupantes. Ver 49 U.S.C 39B.

Fuente: «Nuevas leyes de drones recreativos de la FAA, mayo de 2019»; Rupprecht Attorneys at Law. https://jrupprechtlaw.com/recreational-drone-laws#coa; descargado el 26 de junio de 2019

La fuente principal de la FAA para las regulaciones y la información de los UAS se puede encontrar en Know Before You Fly

Reglamentos del Estado de California

Según el Departamento de Transporte de California y la Asamblea General de California, California tiene tres leyes estatales relacionadas con el uso de drones en el estado.

SB 807 // 2016

Esta ley proporciona inmunidad a los primeros respondedores que dañan un UAS que estaba interfiriendo con el primer respondedor mientras él o ella estaba proporcionando servicios de emergencia.

AB 1680 // 2016

Esta ley hace que sea un delito menor interferir con las actividades de los primeros respondedores durante una emergencia.

AB 856 // 2015

Esta ley prohíbe entrar en el espacio aéreo de un individuo con el fin de capturar una imagen o una grabación de ese individuo participando en una actividad privada, personal o familiar sin permiso. Esta legislación es una respuesta al uso de UAS por parte de la prensa en la cobertura de celebridades y otras figuras públicas.

Todos los pilotos de drones que operan comercialmente en el estado de California están sujetos a las normas de la Parte 107 de la FAA.

Para obtener información sobre el vuelo de drones y su funcionamiento seguro, visite los siguientes enlaces:

Association for Unmanned Vehicle Systems International (AUVSI):

Campaña de educación de la FAA y sus socios

Sistemas de aeronaves no tripuladas de la FAA

Vídeos de la FAA en YouTube

Academia de aeromodelismo

Código nacional de seguridad de aeromodelismo de la Academia de aeromodelismo (PDF)

Publicaciones del Programa de Investigación Cooperativa de Aeropuertos (ACRP), Report 144, Unmanned Aircraft Systems at Airports (PDF)

Para que el público presente una denuncia sobre actividades ilegales con drones ante la Administración Federal de Aviación utilice este enlace: Presentar denuncia de drones

Todos los drones de entre 0,55 libras y 55 libras deben registrarse en la Administración Federal de Aviación utilice este enlace: Formulario de registro de drones

Toneladas de sus preguntas tienen respuesta en este FAQ de la FAA

Las leyes actuales que rigen la operación de UAS por parte del Gobierno Federal: Sistemas de Aeronaves No Tripuladas (UAS) Regulaciones & Políticas

Guía de la Administración Federal de Aviación UAV/Drone para el cumplimiento de la ley (Haga clic aquí para abrir el PDF)

Información de contacto para preguntas relacionadas con el control federal del sistema nacional del espacio aéreo en California & Nevada.

Oficina del Consejero Regional de la Región Oeste-Pacífico
P.O. Box 92007 Los Angeles, CA 90009
Tel: (310) 725-7100 (Arizona, California, Hawaii, Nevada)

Información de contacto para presentar una queja sobre un piloto que vuela una aeronave/drone de forma insegura

Oficina de Distrito de Normas de Vuelo de Reno

5466 Longley Lane

Reno, Nevada 89511

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