Lunes, 19.02.1923
Estados Unidos contra Bhagat Singh Thind falló
Bhagat Singh Thind &esposa
*En esta fecha de 1923, Estados Unidos contra Bhagat Singh Thind dictaminó que los indios de la India no eran blancos en América. Este episodio pone de relieve la intersección entre la nacionalidad y los ciudadanos no blancos en Estados Unidos.
El caso #261 U.S. 204 (1923), fue un argumento en el que el Tribunal Supremo de Estados Unidos decidió por unanimidad que Bhagat Singh Thind, un hombre indio sij que se identificaba como «hindú de alta casta, de plena sangre india», era racialmente inelegible para la ciudadanía naturalizada en Estados Unidos. En 1919, Thind presentó una petición de naturalización en virtud de la Ley de Naturalización de 1906, que sólo permitía a las «personas blancas libres» y a los «extranjeros de origen africano y personas de ascendencia africana» convertirse en ciudadanos estadounidenses por naturalización.
Después de que se le concediera la petición, los abogados del Gobierno iniciaron un procedimiento para cancelar la naturalización de Thind y se celebró un juicio en el que el Gobierno presentó pruebas de las actividades políticas de Thind como miembro fundador del Partido Ghadr, un violento movimiento independentista indio con sede en San Francisco. Thind no impugnó la constitucionalidad de las restricciones raciales. En cambio, intentó que los «hindúes de alta casta» fueran clasificados como «personas blancas libres» en el sentido de la ley de naturalización. Thind argumentó que su pueblo, los arios, eran los conquistadores de los pueblos indígenas de la India. Destacar que su pueblo era un «pueblo conquistador» se hizo para caracterizar a Thind como blanco.
Sostenía que las lenguas indoarias son autóctonas de la parte aria de la India del mismo modo que las lenguas arias son autóctonas de Europa. Destacar los lazos lingüísticos entre los hablantes indoarios y los europeos se hizo para caracterizarlo como una persona blanca. Dado que en el caso judicial Ozawa contra Estados Unidos se acababa de decidir que el significado de personas blancas a efectos del Tribunal eran personas que pertenecían a la raza caucásica, Thind argumentó que era una persona blanca alegando que era miembro de la raza caucásica.
Afirmó, utilizando «una serie de textos antropológicos», que los habitantes del Punjab y de otros estados del noroeste de la India pertenecían a la «raza aria» y citó a autoridades científicas como Johann Friedrich Blumenbach que clasificaban a los arios como pertenecientes a la raza caucásica. Thind sostenía que, aunque efectivamente se producía cierta mezcla racial entre las castas indias, el sistema de castas había logrado en gran medida evitar la mezcla de razas en la India. Argumentó que al ser un «hindú de casta alta, de plena sangre india» era un «caucásico» según las definiciones antropológicas de su época.
Los abogados de Thind argumentaron que tenía repugnancia a casarse con una mujer india de las «razas inferiores» cuando dijeron: «El hindú de casta alta considera al mongoloide indio aborigen del mismo modo que el estadounidense considera al negro, hablando desde un punto de vista matrimonial». Sus abogados argumentaron que a Thind le repugnaba casarse con una mujer de raza mongoloide, porque consideraban que expresar «desprecio por los inferiores» caracterizaría a Thind como blanco. Además, esto caracterizaría a Thind como alguien que simpatizaría con las leyes contra el mestizaje existentes en Estados Unidos.