Registros Centrales

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Liberación de Vehículos
Informes Policiales
Cartas de Buena Conducta
Tarifas Administrativas
Solicitudes de Armas de Fuego
Visa U / Visa T

Liberación de Vehículos

Los vehículos incautados sólo serán liberados al propietario registrado a menos que el permiso previo a una segunda parte haya sido autorizado por el propietario y un formulario de Autorización de Liberación de Vehículos de Segunda Parte haya sido completado y notariado.

El formulario de Autorización de Liberación de Vehículo de Segunda Parte se puede descargar aquí.

Para todas las liberaciones de vehículos incautados se requiere una prueba de seguro válido, registro válido, y una licencia de conducir válida.

Informes policiales

Las solicitudes de informe pueden enviarse por correo electrónico a: [email protected]
Por favor, incluya una copia de una identificación válida con fotografía y un número de teléfono.

Las solicitudes de informe pueden enviarse por correo al Departamento de Policía de Lakewood, PO Box 540, Lakewood, NJ 08701. Por favor, incluya una copia de una identificación con foto válida y un número de teléfono.

Debido a que el edificio está cerrado debido a la pandemia de COVID, los informes pueden ser solicitados por correo o por correo electrónico en [email protected]

Los informes policiales pueden ser recogidos en persona en el Departamento de Policía de Lakewood, 231 3rd Street, Lakewood, NJ 08701 de 9:30 am a 4:45 pm.

Informes de accidentes en línea

Los informes de accidentes están disponibles en línea a través de: crashdocs.org o lexisnexis.com

Informe de accidentes de vehículos de motor de autoinformación

El formulario de informe de accidentes de vehículos de motor de autoinformación del estado de NJ se puede encontrar en: https://www.state.nj.us/mvc/pdf/about/SR-1.pdf

Cartas de Buena Conducta

Las Cartas de Buena Conducta ya no son proporcionadas por el Departamento de Policía de Lakewood. Si necesita una «Carta de Buena Conducta» debe seguir los procedimientos descritos en el sitio web de la Policía Estatal de Nueva Jersey en https://www.njsp.org/criminal-history-records y buscar los formularios apropiados relativos a la «Buena Conducta».

Tarifas Administrativas de Registros Centrales

DVD regular/CDR …………………………… $.37 cada uno
DVD de alta capacidad de doble capa ……………. 1,44 $ cada uno
Unidad de memoria de 8 GB …………………………… 3,80 $ cada uno
Unidad de memoria de 16 GB ………………………….. 7,50 $ cada uno
Unidad de memoria de 32 GB ………………………….. 9,95 $ cada uno
Unidad de memoria de 64 GB ………………………….. 59 $.99 cada uno

Solicitudes de Armas de Fuego

La información sobre la solicitud de armas de fuego está ahora disponible en línea en https://www.njportal.com/NJSP/Fars/Form33/OriValidation

Ingrese NJ0151400 en el campo del número de ORI.

Visa U / Visa T

Para información sobre la Visa U / Visa T, contacte al Capitán Langenberger en [email protected]

Víctimas de Actividad Criminal: Estatus de no inmigrante U
El estatus de no inmigrante U (visado U) se reserva para las víctimas de ciertos delitos que han sufrido abusos mentales o físicos y que son útiles para las fuerzas del orden o los funcionarios del gobierno en la investigación o persecución de la actividad criminal. El Congreso creó el visado U para no inmigrantes con la aprobación de la Ley de Protección de las Víctimas de la Trata y la Violencia (incluida la Ley de Protección de las Mujeres Inmigrantes Maltratadas) en octubre de 2000. La legislación pretendía reforzar la capacidad de los organismos encargados de hacer cumplir la ley para investigar y perseguir los casos de violencia doméstica, agresión sexual, tráfico de extranjeros y otros delitos, protegiendo al mismo tiempo a las víctimas de delitos que han sufrido importantes abusos mentales o físicos debido al delito y que están dispuestas a ayudar a las autoridades policiales en la investigación o persecución de la actividad delictiva. La legislación también ayuda a los organismos encargados de hacer cumplir la ley a prestar un mejor servicio a las víctimas de delitos.

Víctimas de la trata de seres humanos: Estatus de no inmigrante T
El estatus de no inmigrante T es un beneficio migratorio temporal que permite a ciertas víctimas de una forma severa de trata de personas permanecer en Estados Unidos hasta 4 años si han ayudado a las fuerzas del orden en una investigación o persecución de la trata de personas. El estatus de no inmigrante T también está disponible para ciertos miembros de la familia de las víctimas de la trata que cumplan los requisitos. Los no inmigrantes T tienen derecho a una autorización de empleo y a determinadas prestaciones y servicios federales y estatales. Los no inmigrantes T que reúnen los requisitos también pueden ajustar su estatus y convertirse en residentes permanentes legales (obtener una tarjeta verde).

El Congreso creó este estatus (comúnmente conocido como visado T) en octubre de 2000 como parte de la Ley de Protección de las Víctimas de la Trata y la Violencia. La trata de seres humanos, también conocida como tráfico de personas, es una forma de esclavitud moderna en la que los traficantes utilizan la fuerza, el fraude o la coacción para obligar a las personas a proporcionar trabajo o servicios, incluido el sexo comercial. Los traficantes suelen aprovecharse de las personas vulnerables, incluidas las que carecen de estatus migratorio legal. Los visados T ofrecen protección a las víctimas y refuerzan la capacidad de los organismos encargados de hacer cumplir la ley para investigar y perseguir la trata de personas.

En virtud de la ley federal, una «forma grave de trata» es:

Tráfico sexual: Cuando alguien recluta, alberga, transporta, proporciona, solicita, patrocina u obtiene a una persona con el fin de realizar un acto sexual comercial, cuando el acto sexual comercial es inducido por la fuerza, el fraude o la coacción, o la persona que está siendo inducida a realizar dicho acto es menor de 18 años de edad; o

Tráfico laboral: Cuando alguien recluta, alberga, transporta, proporciona u obtiene a una persona para que trabaje o preste servicios mediante el uso de la fuerza, el fraude o la coacción con fines de servidumbre involuntaria, peonaje, servidumbre por deudas o esclavitud.

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