OVDP reemplazado, nueva práctica de divulgación voluntaria para activos offshore

El IRS tiene una nueva práctica de divulgación voluntaria para activos offshore. La nueva práctica sustituye al Programa de Divulgación Voluntaria de Activos en el Extranjero (OVDP).

Al igual que el OVDP, el nuevo procedimiento es para los contribuyentes que:

  • no informaron voluntariamente de los activos en el extranjero; o
  • pagaron impuestos sobre esos activos.

A diferencia de la OVDP, el nuevo procedimiento da a los examinadores flexibilidad para imponer responsabilidad penal o civil sustancial a los contribuyentes que no cooperan.

Nueva práctica de divulgación voluntaria

Los programas y procedimientos de divulgación voluntaria del IRS se remontan a 2009 en varias iteraciones. Los procedimientos actuales incluyen:

  • Procedimientos de cumplimiento de presentación simplificados (SFCP) para los contribuyentes con declaraciones no presentadas o ingresos no declarados que sin exposición a la responsabilidad penal o sanciones civiles sustanciales debido a un incumplimiento intencional;
  • procedimientos de presentación de FBAR delincuente o procedimiento de presentación de declaración de información internacional para los contribuyentes que sólo tiene fallos de información.

Antiguo programa OVDP

Antes de su cierre en septiembre de 2018, los contribuyentes podían utilizar el OVDP para eliminar el riesgo de responsabilidad penal a cambio de un coste relativamente fijo. El contribuyente tenía que:

  • presentar declaraciones correctas durante 8 años;
  • pagar todos los impuestos e intereses;
  • pagar la multa por exactitud del 20% o la multa por no presentar la declaración,\Ny
  • pagar una «multa offshore».

La multa offshore era del 27,5% del valor agregado más alto de los activos del OVDP durante el período cubierto por la declaración voluntaria. Aumentó al 50% si el banco o asesor offshore del contribuyente estaba bajo investigación actual.

Nuevo marco de resolución civil para violaciones intencionales

Para todas las revelaciones voluntarias offshore recibidas después del 28 de septiembre de 2018, el IRS aplica un marco de resolución civil. A diferencia de la OVDP, los contribuyentes no reciben protección automática contra la responsabilidad penal o las sanciones civiles significativas. El IRS tiene una amplia discreción para imponer sanciones basadas en el nivel de cooperación del contribuyente.

Reglas para el nuevo procedimiento de divulgación voluntaria

Aquí hay algunos puntos destacados del nuevo procedimiento:

  • El período de divulgación de seis años es estándar, pero los examinadores pueden reducirlo si el incumplimiento implica menos años, o ampliarlo si las divulgaciones voluntarias no se resuelven por acuerdo o si un contribuyente cooperativo por alguna razón quiere ampliar la divulgación;
  • Los contribuyentes deben presentar todas las declaraciones e informes requeridos para el período de divulgación;
  • Los examinadores determinarán los impuestos, intereses y sanciones aplicables según la ley y los procedimientos existentes;
  • En general, las sanciones por fraude civil según I.R.C. §6663 o I.R.C. §6651(f) (omisión fraudulenta de presentar declaraciones de impuestos) se aplicarán a un año fiscal con la obligación tributaria más alta, pero los examinadores pueden aplicarlo a más de un año hasta los seis años si no hay acuerdo sobre la obligación tributaria, o más de seis años si el contribuyente no coopera y no resuelve las cuestiones por acuerdo;
  • Las sanciones por FBAR intencional se harán valer de acuerdo con las directrices de sanciones del IRS existentes bajo IRM 4.26.16 y 4.26.17;
  • Un contribuyente puede solicitar la imposición de sanciones relacionadas con la exactitud bajo I.R.C. §6662 en lugar de sanciones de fraude civil o sanciones FBAR no intencionales en lugar de sanciones intencionales, pero para tener éxito un contribuyente debe presentar pruebas convincentes para justificar por qué la sanción de fraude civil no debe ser impuesta;
  • Las sanciones por la falta de presentación de declaraciones de información no se impondrán automáticamente, y la discreción del examinador tendrá en cuenta la aplicación de otras sanciones y resolverá el examen por acuerdo;
  • Las sanciones relativas a los impuestos especiales, impuestos sobre el empleo, el patrimonio y el impuesto sobre donaciones, etc. se gestionarán en función de los hechos y las circunstancias con los examinadores que se coordinen con los expertos en la materia adecuados; y.
  • Los contribuyentes conservan el derecho de solicitar una apelación con la Oficina de Apelaciones.

A discreción del IRS, el marco de resolución civil puede extenderse a las divulgaciones voluntarias no offshore que no se han resuelto pero que se recibieron el 28 de septiembre de 2018 o antes.

El IRS proporcionará procedimientos para que los examinadores civiles soliciten la revocación de la aceptación preliminar cuando los contribuyentes no cooperen con la resolución civil de los casos.

El 11 de abril de 2019 se publicó el nuevo formulario 11457 Voluntary Disclosure Practice Preclearance and Application

Form 14457. El formulario actualizado es presentado por el contribuyente en dos partes.

La parte I es una solicitud de preclearance. Una vez que el contribuyente recibe la autorización previa, el contribuyente presentará la Parte II.

La Parte II es la solicitud de divulgación voluntaria.

Las versiones anteriores de este formulario están desactualizadas ya que el OVDP se cerró el 28 de septiembre de 2018.

Procedimientos simplificados para la conducta no intencional

Los procedimientos simplificados de cumplimiento de presentación pueden ser utilizados únicamente por los contribuyentes individuales, incluidos sus patrimonios. Los procedimientos son para los contribuyentes que:

  • no declararon todos los ingresos;
  • pagaron todos los impuestos; y
  • presentaron todas las declaraciones informativas requeridas, incluido el informe de cuentas bancarias y financieras en el extranjero (FBAR)…

Los procedimientos simplificados están disponibles tanto para los contribuyentes individuales estadounidenses que residen:

  • fuera de los Estados Unidos bajo los Procedimientos Extranjeros Simplificados de Offshore, como
  • en los Estados Unidos utilizando los Procedimientos Nacionales Simplificados de Offshore.

En cualquiera de los dos casos, el contribuyente certifica que la falta de declaración de todos los ingresos, de pago de todos los impuestos y de presentación de todas las declaraciones informativas requeridas se debió a una conducta no deliberada.

La conducta no intencionada es la que se debe a negligencia, inadvertencia o error, o la que es resultado de un malentendido de buena fe de los requisitos de la ley.

Formularios de certificación

Los contribuyentes utilizan uno de estos dos formularios para la certificación:

  • Formulario 14653, Certification by U.S. Persona que reside fuera de los Estados Unidos para procedimientos offshore extranjeros racionalizados; o
  • Formulario 14654, Certificación de persona estadounidense que reside en los Estados Unidos para procedimientos offshore nacionales racionalizados.

Formularios FBAR atrasados y formularios de impuestos internacionales

Los contribuyentes que no hayan presentado un FBAR deben presentar los FBAR atrasados de acuerdo con las instrucciones del FBAR si:

  • no están bajo un examen civil o una investigación criminal por parte del IRS; y
  • no han sido ya contactados por el IRS sobre el atraso.

Los contribuyentes deben hacer lo siguiente:

  • incluir una declaración que explique por qué el contribuyente está presentando los FBARs tarde;
  • presentar todos los FBARs electrónicamente en FinCEN; y
  • en la portada del formulario electrónico, seleccionar una razón para la presentación tardía.

El formulario FBAR que el contribuyente debe presentar es el formulario FinCEN 114. Anteriormente, presentaron el Formulario TD F 90-22.1.

Formularios de Impuestos Internacionales Atrasados

Los contribuyentes que no han presentado una o más declaraciones informativas internacionales requeridas, tienen una causa razonable para no presentar a tiempo las declaraciones informativas, no están bajo un examen civil o una investigación criminal por el IRS, y no han sido contactados por el IRS sobre las declaraciones informativas atrasadas deben presentar las declaraciones informativas atrasadas con una declaración de todos los hechos que establecen una causa razonable para la falta de presentación.

Como parte de la declaración de causa razonable, los contribuyentes también deben certificar que cualquier entidad para la que se presentan las declaraciones informativas no estaba involucrada en la evasión de impuestos.

Si no se adjunta una declaración de causa razonable a cada declaración informativa morosa presentada, se podrán imponer sanciones de acuerdo con los procedimientos existentes.

Además, todas las declaraciones informativas internacionales morosas que no sean los Formularios 3520 y 3520-A deberán:

  • adjuntar una declaración enmendada; y
  • presentarla de acuerdo con las instrucciones de la declaración enmendada.

Todos los Formularios 3520 y 3520-A en mora también deben presentarse de acuerdo con las instrucciones de dichos formularios.

Los contribuyentes también deben adjuntar una declaración de causa razonable a cada declaración informativa en mora presentada por la que se solicite causa razonable.

Las declaraciones informativas presentadas con declaraciones enmendadas no estarán automáticamente sujetas a auditoría. Sin embargo, esas declaraciones pueden ser seleccionadas para la auditoría a través de los procesos de selección de auditoría existentes.

Por James Solheim, J.D.

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